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FechaTítuloResumen
7-feb-2019Godoy (Causa Nº 12661)Un buque pesquero se hundió y sus tripulantes naufragaron. Por tal razón, se inició una investigación en sede penal. Las familias de dos víctimas se presentaron como querellantes con representaciones legales separadas. Una de ellas contrató a un letrado particular. La otra tenía dificultades económicas y su representación fue asumida por el Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación. El juzgado intimó a las querellas a unificar su representación, bajo apercibimiento de disponerlo de oficio. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. Entre otras cuestiones, indicó que, dada la vulnerabilidad de su representado, no era posible unificar la querella con un abogado particular y afrontar su costo. Al mismo tiempo, indicó que en los términos de la resolución DGN N° 1459/18, el programa sólo podía representar a personas de bajos recursos económicos.
27-mar-2018CVD (causa Nº 13130)Un individuo había sido imputado por el delito de homicidio simple. El representante del Ministerio Público Fiscal consideró que el imputado había actuado en legítima defensa y, por tal razón, solicitó su sobreseimiento. Por otra parte, la madre de la víctima se constituyó como querellante. A partir de su impulso en solitario, la causa fue elevada a juicio. En el año 2016, la madre falleció. Por esa razón, la hermana de la víctima solicitó continuar con la querella. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Para decidir de ese modo, sostuvo que el artículo 82 del Código Procesal Penal de la Nación no contemplaba esa posibilidad. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación. Durante su trámite, fue aprobada la ley N° 27.372, que modificó el artículo 82 del CPPN y reconoció legitimación a los hermanos de la víctima en delitos cuya consecuencia fuera la muerte de la persona. En consecuencia, durante el término de oficina, la pretensa querellante solicitó la aplicación retroactiva de dicha normativa.
8-mar-2018RMA (causa Nº 10938)Una persona había sido imputada sobre la base de una denuncia promovida por la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres. El 28 de noviembre de 2017, el juzgado la sobreseyó y notificó a la fiscalía y a la defensa. El 4 de diciembre, la víctima solicitó ser constituida como parte querellante. Por tal razón, el juzgado le notificó el sobreseimiento. Además, hizo lugar a su solicitud, por considerar que —ante su reciente notificación— la resolución no se encontraba firme. De esa manera, la querella interpuso un recurso de apelación contra el sobreseimiento. Entonces, la defensa planteó una excepción de falta de acción. Entre sus argumentos, sostuvo que la presentación de la querella había sido extemporánea ya que, a su entender, la resolución de sobreseimiento había adquirido firmeza. Por su parte, el Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación, con base en la Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos (Nº 27.372), postuló su rechazo.